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Documento BOE-B-2013-17965

Anuncio de la Notaría de don Pedro Francisco Carpena Sofio sobre subasta notarial.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 11 de mayo de 2013, páginas 24022 a 24022 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-17965

TEXTO

Don Pedro Francisco Carpena Sofío, Notario del Ilustre Colegio de Cataluña, con residencia en Tortosa,

Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Tortosa (Tarragona), calle Teodor González, 3, 1.º-3.ª, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Urbana: Número tres. Vivienda ubicada en la planta segunda elevada, con fachada y acceso a través del zaguán y escalera que da a la calle Socors; se distribuye en varias dependencias, se denomina piso segundo, tiene la superficie útil de cuarenta y siete metros y ochenta y dos decímetros cuadrados con una cuota de participación en los elementos comunes de 26,17 por ciento y que consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Tortosa número 2 al tomo 3.683, folio 203, finca 18.937.

Procediendo la subasta de la finca, con arreglo al artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, yo el Notario, hago saber que se celebrará una única subasta el día 13 de junio de 2013, siendo el tipo base de 108.054,93 euros, se admitirán posturas inferiores y el acreedor podrá pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60 por ciento.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9'30 a 13 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero, si bien el deudor podrá presentar un tercero que mejore la postura ofreciendo cantidad superior al 70 por ciento del valor de tasación o aún inferior que sea suficiente para la satisfacción del derecho del ejecutante.

Tortosa, 29 de abril de 2013.- El Notario.

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