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Documento BOE-B-2013-17784

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 11 de mayo de 2013, páginas 23788 a 23788 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-17784

TEXTO

Don Antonio Cidraque Arias, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 176/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad QUEROL DURO GROUP, S.L y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 176/2013 Sección C1.

NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2013-8000909.

Entidad concursada.- QUEROL DURO GROUP, S.L., con CIF n.º B62776661.

Tipo de concurso.- voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 12-04-2013.

Administrador/es Concursal/es.- D/doña Oscar López Martínez, con correo electrónico integral@idafin.eu, domicilio Av. Diagonal 442 bis 2.º Barcelona (Barcelona),nº de teléfono 932080732 y n.º fax 934590841.

Facultades del concursado.- intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de UN MES a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 18 de abril de 2013.- El Secretario en Sustitución.

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