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Documento BOE-B-2013-15258

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 2013, páginas 20341 a 20341 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-15258

TEXTO

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 392/2012, se ha dictado en fecha 17/04/13 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Repuestos Vega, S.L., con C.I.F. número B 13048350, acordándose igualmente la apertura de la fase de liquidación, en orden a lo establecido en el artículo 142 LC, en relación con el artículo 148 de la LC.

2.º Se ha acordado la suspensión en el ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio. Se ha designado, como administración concursal a doña Sara Chamorro González, letrada en ejercicio n.º 73.174 del Colegio de Abogados de Madrid, con domicilio en Calle Nueva, n.º 47, bloque 1.º, 2.ª de Tomelloso (Ciudad Real), teléfono 913912066, fax 913102222 y dirección electrónica señalada concursorepuestosvega@lener.es

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC en la dirección postal o electrónica indicada en el punto anterior. El plazo se computará a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de diez días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 LC).

5.º Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 17 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

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