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Documento BOE-B-2013-14876

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 20 de abril de 2013, páginas 19809 a 19809 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-14876

TEXTO

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 383/2012, se ha dictado en fecha 12/04/13 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO del deudor JARDINERÍA Y MANTENIMIENTO CALATRAVA, S.L., con C.I.F. número B13384532, y domicilio social a efectos de instar la declaración voluntaria de concurso en Finca Machacón s/n, Villamayor de Calatrava, Ciudad Real.

2.º Se ha acordado la mera intervención en el ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio. Se ha designado, como administración concursal a Audit. Process SL, con domicilio en Avda. Gregorio Prieto, n.º 21, 2.º F, de Valdepeñas, y dirección electrónica señalada ventura@auditprocess.com

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC en la dirección postal o electrónica indicada en el punto anterior. El plazo se computará a partir de la fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".

4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de diez días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.).

5.º Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 12 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

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