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Documento BOE-B-2013-12085

VILLAJOYOSA

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 1 de abril de 2013, páginas 16072 a 16072 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2013-12085

TEXTO

Edicto

Esther Rodríguez Andújar, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Villajoyosa (Alicante), en autos de jurisdicción voluntaria núm. 886/2012, siendo la parte demandante Francisco Pérez Pérez, sobre declaración de fallecimiento de María Remedios Pérez Espasa y María Antonia Pérez Espasa, se ha acordado dar publicidad a lo siguiente:

En el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Villajoyosa (Alicante) al número 886/2012 y a instancia del Procurador D. Jaime Lloret Sebastiá, en nombre y representación de D.Francisco Pérez Pérez, se ha iniciado expediente de Jurisdicción Voluntaria para la declaración de fallecimiento de María Remedios Pérez Espasa y María Antonia Pérez Espasa.

María Remedios Pérez Espasa, nacida en Callosa de Ensarrià (Alicante), el día 3 de febrero de 1917, hija de Antonio y Mari, con ultimo domicilio conocido en Calle San Antonio en la localidad de Callosa de Ensarrià (Alicante) y de donde se marchó a Argelia, y al estallar la guerra en Argelia contra la ocupación francesa en el año 1954, se trasladó a Francia, desde cuyo momento desapareció sin tener descendencia alguna y sin tenerse más noticias suyas desde hace casi 60 años. Lo cual se hace público en cumplimiento del art.2.038 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1.881.

María Antonia Pérez Espasa, nacida en Callosa de Ensarria (Alicante) el día 15 de marzo de 1919, hija de Antonio y Mari, con ultimo domicilio conocido en Calle San Antonio, en la localidad de Callosa de Ensarria (Alicante), y de donde se marchó junto con su hermana a Francia al estallar la guerra en Argelia, contra la ocupación francesa en el año 1954, desde cuyo momento desapareció sin tener descendencia alguna sin tenerse más noticias suyas desde hace casi 60 años. Lo cual se hace público en cumplimiento del art. 2.038 de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881.

Villajoyosa, 15 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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