Con fecha 6 marzo de 2013, el Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda ha resuelto:
Primero: Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en el artículo 5 de la vigente Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.
Segundo: Aprobar el expediente de audiencia e información pública y definitivamente el Estudio Informativo, correspondiente a la construcción del tramo de la línea de alta velocidad, que permite el paso directo de Cáceres a Badajoz sin pasar por Mérida con la definición contenida en el expediente remitido al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino para la Declaración de Impacto Ambiental.
Tercero: De acuerdo con el artículo 8 del Reglamento del Sector Ferroviario (Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre), establecer que la redacción y aprobación de los proyectos que desarrollen la actuación aprobada corresponderá al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y tendrán en cuenta las prescripciones establecidas en el condicionado de la Declaración de Impacto Ambiental, que se incluye como Anexo n.º 1 a esta Resolución.
Cuarto: La presente Resolución, se adopta por delegación del Ministro de Fomento, conforme a lo previsto en la Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio (BOE n.º 177, de 25 de julio de 2012), por la que se delegan competencias en materia ferroviaria, y pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 8 de marzo de 2013.- Subdirector General de Planificación y Proyectos, Jorge Ballesteros Sánchez.
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