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Documento BOE-B-2013-11354

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 2013, páginas 15162 a 15162 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-11354

TEXTO

Edicto

Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil 1 Barcelona,

Hace saber: que en los autos con N.I.G.08019 - 47 - 1 - 2012 - 8005036 y n.° 65/2013A se ha declarado el concurso Voluntario Principal con propuesta de convenio de fecha 15/2/13 de Central de Negocis Flequers i Pastissers, S.L., con CIF n.° B62101571 y domicilio en Passeig del Ferrocarril, 337, 2.°, 08860, de Castelldefels, en el que se ha decretado Intervenido de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento Abreviado.

El administrador concursal es D./Dª Pau Ballvé Reyes, con domicilio en Avd. Diagonal, 416, Principal, 08037, de Barcelona y correo electrónico centralflequers@grupogispert.com.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Avd. Diagonal, 416, Principal, 08037, de Barcelona o por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 25 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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