Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y Provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 50/2013 en el que se ha dictado con fecha 30/01/2013 auto declarando en estado de concurso a la entidad Comercial Constructora Catalana, S.A., con CIF A-08346025 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
Nig del procedimiento: 08019-47-1-2012-8007195.
Tipo de Concurso: Voluntario Ordinario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada.- Comercial Constructora Catalana, S.A., con domicilio en calle Bisbe Morgades, 52, 1-3, Vic (Barcelona).
Administrador Concursal.- D.Dª Rousaudcostas Duran Concursal, S.L.P., con domicilio en calle Escoles Pies, 102, 08017 Barcelona (Barcelona) con correo electrónico cococasa@rcdslp.com
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento de los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se identificarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 30 de enero de 2013.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.
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