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Documento BOE-B-2013-11200

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 23 de marzo de 2013, páginas 14937 a 14937 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-11200

TEXTO

Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 783/12 y NIG n.º 07040 47 1 2012 0001240 se ha dictado en fecha 27 de febrero de 2013 Auto de declaración de concurso del deudor Antonia Lobo Olivas, con NIF 71092017-Y, y domicilio en calle Rafael Alberti, n.º 49, 2.º derecha, Inca, y simultáneamente concluirlo por inexistencia de masa conforme el art. 176 bis 4 de la Ley concursal.

2.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 783/12 y NIG n.º 07040 47 1 2012 0001240 se ha dictado en fecha 27/02/2013 auto de declaración de concurso del deudor Antonio Jiménez Muñoz, con NIF 43030437-J, y domicilio en calle Rafael Alberti, n.º 49, 2º derecha, Inca.

3.º Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la concursada.

4.º Que el Abogado nombrado administrador concursal, don Baltasar Juan Covas Bosch, con D.N.I. número 43066281-T, en fecha 18/03/2013, ha aceptado el cargo.

5.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal Calle San Miguel 46, 2.º, Ptas. 10 A y B, Palma de Mallorca o dirección de correo electrónico bcovas@omnia-consulting.com, en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 18 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.

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