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Documento BOE-B-2013-10909

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2013, páginas 14534 a 14534 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-10909

TEXTO

Edicto

José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.1 de Pontevedra,

Anuncia: que en el Sección I declaración concurso 237/12-IF, referente al concursado Ingeniería de Seguridad Gallega, S.L.U., por auto de fecha 1/3/12, se ha acordado lo siguiente:

1.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Ingeniería de Seguridad Gallega, S.L.U.

2.- Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3.- Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4.- Se declara disuelta la sociedad Ingeniería de Seguridad Gallega, S.L.U., CIF B-36.248.375, cesando en su función sus Administradores, que son sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

5.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal, si estuviere operativo.

6.- Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

8.- Se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Pontevedra, 1 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.

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