Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-10196

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 2013, páginas 13568 a 13568 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-10196

TEXTO

Edicto.

Juzgado de la Mercantil n.º 2 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: Concurso abreviado 89/2013.

Deudor: Arguisu, S.L.

Abogado: José Javier Ruiz Sadornil.

Procurador: Emilio Martínez Guijarro.

Sobre: Derecho Mercantil.

En el referido juicio se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva.

1.- Debo Declarar y Declaro el concurso voluntario de la entidad Arguisu, S.L., representada por el Procurador de la Tribunales don Emilio Martínez Guijarro y simultáneamente Concluirlo por insuficiencia de masa.

2.- Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de éste Juzgado y en el Registro Público Concursal. La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito, por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de éste Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al procurador del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándole a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes.

3.- Notífíquese la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a los efectos del artículo 184 de la L.C., a la Tesorería General de la Seguridd Social, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, art. 55 L.C. y al Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia.

4.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento el citado Registro.

5.- Remítase al Ministerio Fiscal testimonio de ésta resolución, copia del inventario y de la lista de acreedores, y del escrito de subsanación por si los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de insolvencia punible.

En Bilbao (Bizkaia), 6 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid