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Documento BOE-B-2012-9719

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 24 de marzo de 2012, páginas 13094 a 13094 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-9719

TEXTO

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado 000572/2009-K sobre declaración del concurso de la mercantil Promociones Alicante Torrevieja, S.L., con domicilio en Rambla Méndez Núñez, 28, 3.º, Alicante y C.I.F. número B-53574612, se ha dictado Auto de fecha 05-03-12 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"...1.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación, suspendiéndose la junta de acreedores prevista para el día 8-3-12 a las 10:30 horas.

2.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

3.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

5.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 8 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC.

6.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC.

Dentro de los 5 días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC.

Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado por plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal.

Modo de Impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn).

Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado expido el presente.

Alicante, 5 de marzo de 2012.- Secretaria Judicial.

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