Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,
Hago saber: Que en el procedimiento concursal número 445/2008, referente al concursado Promociones Pino de Arriba, S.L., con CIF B-7414803, por auto de 6 de marzo de 2012, se ha acordado lo siguiente:
1. Declarar, a instancia de la concursada, el incumplimiento del convenio aprobado por Sentencia de 26 de Julio de 2010, aclarada por Auto de 30 de Julio de 2010, quedando sin efecto las quitas y esperas pactadas, pero presumiéndose legítimos los pagos realizados en su virtud en los términos y con los efectos previstos legalmente.
2. Abrir la fase de liquidación del concurso y declarar disuelta a la concursada Promociones Pino de Arriba, S.L.
3. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
4. Acordar la reposición en su cargo del Administrador Concursal.
Oviedo, 9 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.
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