Edicto.
D. José Luis Gutiérrez Martín, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil 1 de Pontevedra,
Por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I declaración de Concurso 16/2012, NIG 36038 47 1 2012 0000027, se ha dictado a instancia de la concursada en fecha 27 de febrero de 2012 auto de declaración de concurso del deudor Vimageda, Sociedad Limitada, con CIF número B-36.216.646, con domicilio social en Barrio de Torrón, número 5, Pontellas-Porriño (Pontevedra). Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al folio 147, del libro 1483 de sociedades, inscripción primera, de la hoja número PO-12336.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor, bajo la autorización o conformidad de la administración concursal.
3.º La administración concursal esta compuesta por el economista D. Juan Serantes Arias, con DNI: 35.242.784-E y despacho profesional en la calle Peregrina, 33-35, 2º A de Pontevedra, teléfono 986.473.188, fax 986.481.512 y email: juanserantes@serfico.com
4.º Llamar a todos los acreedores del concursado, para que en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado, comuniquen a la administración concursal la existencia de sus créditos por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección designada por el adminstrador concursal. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicadas. Se acompañárá copia, en la forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
Pontevedra, 27 de febrero de 2012.- El Secretario.
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