Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BOE-B-2012-9245

SANT FELIU DE GUÍXOLS

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2012, páginas 12415 a 12416 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-9245

TEXTO

Edicto.

Juzgado Primera Instancia 2 Sant Feliu de Guíxols,

Juicio 1022/2009 Procedimiento ordinario.

Parte demandante: Rosalía Costa Gómez.

Parte demandada: Lucie Vanimpe Van Den Steen.

Sobre Juicio ordinario: Por cuantía.

En el juicio referenciado, se ha dictado la sentencia de fecha 10.10.2011 cuyo encabezamiento y parte dispositiva es el siguiente:

Sentencia n.º 138/11.

En Sant Feiu de Guíxols a 10 de octubre de 2011.

Vistos por mí, Thais Pellejà Martín, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. 2 de los de esta plaza, los autos de Juicio Ordinario Núm. 1022/2009, instados por el Procurador de los Tribunales, D. Miquel Jornet i Bes, en nombre y representación de Dña. Rosalía Costa Gómez, asistida del Letrado D. Enric Fuster Bonet, contra Dña. Lucie Vanimpe Van Den Steen, declarada en situación de rebeldía procesal, dicto la presente resolución, en atención a los siguientes, antecedentes de hechos. Fundamentos de derecho. Fallo: Estimo la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Miquel Jornet i Bes, en nombre y representación de Dña. Rosalía Costa Gómez contra Dña Lucie Vanimpe Van Den Steen, y, en consecuencia, declaro la adquisición a favor de Dña. Rosalía Costa Gómez, por título de usucapión, de la mitad indivisa que había pertenecido a Dña Lucie Vanimpe Van Den Steen en el apartamento nº 49, sito en el sexo piso del edificio Pirineo II de la calle José Bas, hoy Dr. Fleming, de la localidad de Platja d´Aro, finca n.º 6.705. Inscrita en el tomo 3.205 del archivo del Registro de la Propiedad de Sant Feliu de Guíxols, libro 508 de Castell- Platja d´Aro, folio C. Las costas de este procedimiento se impondrán a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes. Indíquese que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse, en su caso, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles desde la notificación de esta resolución. De conformidad con la Disposición Adicional 15ª de la LO 1/09, de 3 de noviembre, si procediese la interposición de los recursos de Queja, reposición y/o apelación, se exigirá la constitución de un depósito de 50 euros en Apelación, 30 euros en caso de queja y 25 euros en el supuesto de reposición, no admitiéndose a trámite ningún recurso sin la constitución del respectivo depósito, aunque con las salvedades previstas en el apartado 5º de la misma Disposición o beneficiarios de Justicia Gratuita.

Depósito que deberá hacerse efectivo en la Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado, debiéndose indicar en las observaciones del documento de ingreso el tipo de recurso a interponer, con su correspondiente código: Reposición-00; Queja-03; y Apelación-02.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá el oportuno testimonio para su unión a autos y, en prueba de ello, la firmo."

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de Sentencia.

Sant Feliu de Guíxols, 15 de noviembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid