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Documento BOE-B-2012-8587

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2012, páginas 11504 a 11504 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-8587

TEXTO

Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente,

Hago saber:

Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 0000206/2011-C, N.I.G: 36038 47 1 2011 0000373 se ha dictado a instancias de Vallados y Enrejados del Noroeste, S.L., en fecha 30 de enero de 2012 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Vallados y Enrejados del Noroeste, S.L., con CIF número B-36537207 y domicilio social en Polígono Industrial A Granxa, Coutada Ancha, s/n. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al Folio 70 del Libro 3.265 de Sociedades, Inscripción 1.º de la hoja número PO-41.589.

Segundo.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

Tercera.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores concursales para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la administración concursal, Letrado don Jorge Gabriel Philippon de Arriba, con DNI 35554868 L, con dirección en Calle Loureiro Crespo, número 1, 5.º B, C.P. 36001 de Pontevedra y mail: jgphilippon@yahoo.es en el plazo de un mes a partir de la última fecha e publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ello. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto y cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invoncare un privilegio especial, se indicarán, además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicada.

Se acompañará copia, en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio del Procurador/a y asistidos de Letrado /a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Pontevedra, 30 de enero de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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