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Documento BOE-B-2012-8576

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2012, páginas 11492 a 11493 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-8576

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 83/2012 (NIG 2906742M20120000098), por auto de fecha 31 de enero de 2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Suministros Fop, S.L., con N.I.F. B-29.900.362, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2.º Que por el deudor se ha solicitado la apertura de la fase de liquidación que ha sido acordada en auto 83/2012, de 6 de febrero de 2012.

3.º Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades, atribuyéndose las mismas a la Administración Concursal.

4.º Que la Administración Concursal la integra doña Ana María Alonso Montero, D.N.I. 25.107.293-X, teléfono 952060007, que lo hace en nombre y representación de la sociedad Gaona Abogados y Rusell Bedford Auditores y Administradores Concursales, S.L.P. entidad de Málaga, con domicilio y dirección postal c/ Compositor Lhemberg Ruiz, n.º 19, 1.ª planta, CP 29007, Tfno: 952060007 y con dirección de correo electrónico aalonso@gaonaabogados.com y apozuelo@gaonaabogados.com que designan a los efectos de comunicación de créditos.

5.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.

7.º Se declara disuelta la sociedad concursada, así como el cese de los administradores o liquidadores de la sociedad, sin perjuicio de que continuar con la representación de la sociedad en el concurso y en los incidentes de los que sean partes.

Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y se deberán convertir a dinero los que consistan en otras prestaciones.

8.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 21 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.

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