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Documento BOE-B-2012-7931

Anuncio de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar relativo a la notificación del requerimiento de pago derivado de la liquidación del contrato "Deslindes en Torrevieja, desde la playa de la Mata hasta Guardamar y todo el término municipal de Guardamar (Alicante)".

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 9 de marzo de 2012, páginas 10612 a 10612 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2012-7931

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública la notificación del requerimiento de pago derivado de la liquidación del contrato "deslindes en Torrevieja, desde la play de la Mata hasta Guardamar y todo el término municipal de Guardamar (Alicante)".

En fecha 14 de febrero de 2008, notificada el día 17 de marzo, se dictó resolución por la Dirección General de Costas aprobando la liquidación del contrato" deslindes en Torrevieja, desde la playa Mata hasta Guardamar y todo el término municipal de Guardamar (Alicante)" con un saldo resultante a favor del Estado de 7.993,46 euros que el contratista, Cartografía y Servicios S.L., debía ingresar en el Tesoro Público junto con los intereses de demora devengados desde la fecha de su vencimiento.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional dictó sentencias en las que desestimaba las demandas interpuestas por Cartografía y Servicios S.L.

- En el procedimiento ordinario 230/2007 desestimó, en fecha 4 de marzo de 2009, la demanda interpuesta por Cartografía y Servicios, S.L. contra la resolución del Ministerio de Medio Ambiente, de fecha 28 de mayo de 2007, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto por la recurrente contra la resolución del citado Ministerio por la que se acordaba no resolver el contrato para la realización de la asistencia técnica antes citada, debiéndose proceder a la liquidación definitiva de dicho contrato.

- En el procedimiento ordinario 270/2008 la Sala desestimó, en fecha 9 de julio de 2009, la demanda interpuesta por Cartografía y Servicios, S.L. contra la resolución de aprobación de la liquidación del contrato.

Dado que hasta la fecha Cartografía y Servicios S.L. no ha procedido a realizar el reíntegro del pago indebido, es por lo que se le requiere para que ingrese en el plazo de diez (10) días hábiles en el Tesoro Público el importe de 7.993,46 euros junto con los intereses que corresponden desde la fecha en la que el reíntegro hubiera debido realizarse hasta la fecha efectiva de su ingreso, dando cuenta a esta Dirección General, Área de Contratación y Presupuestos mediante copia al efecto del resguardo del reíntegro, advirtiéndole que de no hacerlo así se procederá a solicitar la incautación de la garantía y con respecto al resto no reintegrado se iniciará el procedimiento establecido en la Orden EHA/4077/2005, de 26 de diciembre, sobre reíntegros de pagos indebidos.

Madrid, 8 de marzo de 2012.- P.D.O. ARM/939/2011, de 13 de abril (rectificada por O/AAA/3541/2011, de 27 de diciembre), el Subdirector General, Angel Muñoz Cubillo.

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