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Documento BOE-B-2012-6756

VILAGARCÍA DE AROUSA

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 29 de febrero de 2012, páginas 9064 a 9064 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-6756

TEXTO

Edicto

Doña Elena Muruais Bao, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Vilagarcia de Arousa,

Hago saber: Que en los autos de Divorcio Contencioso 485/10 que se siguen en este Juzgado a instancia de Edelmira Grosso Méndez, representada por la Procuradora Sra. García Romarís, se ha dictado en fecha 27/10/11, Sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente: Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y

"Fallo.- Que presentada la demanda a instancia de Edelmira Grosso Méndez, representada por la Procuradora Sra. García Romaris contra Lucindo Faustino Barros Balsa, declarado en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro:

- La disolución por divorcio del matrimonio formado por Edelmira Grosso Méndez y Lucindo Faustino Barros Balsa.

-Pensión Compensatoria Se fija como tal el 505 de la pensión que el demandado reciba de la Seguridad Social. Dicha cantidad deberá de ser ingresadas por el demandado en la cuenta que la actora designe a tal efecto dentro de los cinco primeros días de cada mes. Se actualizarán anualmente conforme a las variaciones que experimente el IPC de acuerdo con el INE u organismo que lo sustituya.

- No ha lugar a la imposición de costas procesales.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio al Encargado del Registro Civil que corresponda según donde figure inscrito el matrimonio de esta ciudad, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el Libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia contra la que cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación.

Así lo pronuncio, mando y firmo Carolina Nores Díaz, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Villagarcía de Arosa"

Y como consecuencia del ignorado paradero de Lucindo Faustino Barros Balsa, y para su publicación en el BOE, se extiende el presente para que sirva de Notificación en forma.

Vilagarcia de Arousa-Pontevedra, 23 de enero de 2012.- Juzgado de Primera Instancia n.º 1 Vilagarcia de Arousa.

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