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Documento BOE-B-2012-636

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 9 de enero de 2012, páginas 825 a 825 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-636

TEXTO

Edicto.

Don Pedro Adan Ruiz-Erans Vivancos, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil número uno de Murcia, por el presente

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 242 /2011 se ha dictado a instancias de Urbana Grupo Sadneiviv, S.L., en fecha veintiséis de diciembre de 2011 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Urbana Grupo Sadneiviv, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avda. Marqués de los Vélez, n.º 42, bajo 30007 Murcia.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 26 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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