María de las Nieves García Pérez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santander, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número 378/2009, referente al concursado "G. F. B. de Cantabria, Sociedad Anónima", por auto de fecha 10 de febrero de 2012, se ha acordado lo siguiente:
2. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de fecha 20 de junio de 2011, por no haberse aprobado en Junta de Acreedores ninguna propuesta de convenio.
3. Abrir de oficio la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en el artículo 143.1.2.º de la L.C.
4. La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos legalmente establecidos.
5. Se declara la disolución de "G.F.B de Cantabria, Sociedad Anónima", cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por al Administración concursal.
6. Los efectos de los créditos concursales son los previstos en el artículo 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversiín en dinero de los que constan en otras prestaciones.
Santander, 10 de febrero de 2012.- La Secretaria judicial.
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