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Documento BOE-B-2012-6042

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2012, páginas 8053 a 8053 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-6042

TEXTO

Edicto

Don José Antonio Marquínez Beitía, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso voluntario abreviado número 422/2011, se ha acordado mediante auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de las entidades mercantiles "Estudis i Projectes La Vall, sociedad limitada", con Código de Identificación Fiscal B-17837006 y de "Invernova La Vall d’en Bas, sociedad limitada", con Código de Identificación Fiscal B-17868928, con domicilio ambas en carretera de Vic, número 20, nave 9 de La Vall d’en Bas (Girona), y las personas físicas Joan Orpí Casajuana, con Documento Nacional de Identidad 33875493-N, con domicilio en calle Sant Josep de Calasans, número 2, tercero segunda de Olot (Girona) y Agustín Colomer Planagumá, con Documento Nacional de Identidad 77904430-A, con domicilio en calle Pintor Barnadas, número 5 de Olot (Girona), siendo designada como Administradora Concursal la titulada mercantil Sra. Montserrat Navarro Sánchez.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias autenticas, del título o documentos relativos al título.

El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las resoluciones del Real Decreto-Ley 3/2009 de 27 de marzo deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento.

En cumplimiento del Real Decreto 3/2009 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria segunda la publicidad en el Boletín Oficial del Estado será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artículo 23.1 de la Ley Concursal.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 21 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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