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Documento BOE-B-2012-6031

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2012, páginas 8042 a 8042 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-6031

TEXTO

Edicto.

Secretaria Judicial doña Dolores Postigo Salguero, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 787/2011 se ha declarado, mediante auto de fecha 1/02/2012, el concurso voluntario de D.ª Ana María Asensio Andanuche, con NIF 44.180.854Q y domicilio en Barcelona, Zona Franca, n.º 1334, entresuelo 4.º, en el que se ha decretado mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal D. José Luis Jori Tolosa (COMPAS CONCURSAL S.C.P.), abogado, con n.º de teléfono 93.444.74.51, por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador sito en Barcelona, calle Nàpols, n.º 217, entresuelo 4.º, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal, info@compasconcursal.com, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Barcelona, 1 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.

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