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Documento BOE-B-2012-5756

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 21 de febrero de 2012, páginas 7607 a 7608 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2012-5756

TEXTO

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 14 de Madrid,

Hago saber: Que en el procedimiento Ejecución 372 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Almudena Montesinos Torres, contra la empresa María Antonia Heredia Borrás, sobre despido, se ha dictado auto y decreto despachando ejecución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto

Parte dispositiva

Se despacha la ejecución general y definitiva de la Sentencia dictada en el presente procedimiento a favor de Almudena Montesinos Torres contra María Antonia Heredia Borrás por la cantidad de 9.634,56 euros de principal más la de 1.926,91 euros calculada provisionalmente para garantizar el pago de intereses y costas.

Notifíquese esta resolución a las partes (y en su caso a la representación legal de los trabajadores de la empresa deudora y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso artículos 252 y 23 de la Ley de Regulación de la Jurisdicción Social) haciéndoles saber que frente a esta resolución podrán interponer recurso de reposición en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrán deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva y otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución, que se interpondrá en el plazo de tres días, a contar desde el día siguiente al de su notificación (artículos 551.4 y 556 de la L.E.C.), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 LEC).

Así, por éste su Auto, lo pronuncio, mando y firmo.

Decreto

Parte dispositiva

En orden a da efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial, y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes del deudor principal que le consten.

Trabar embargo de los bienes de las demandada/s en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse Oficios a los pertinentes Organismos y Registros Públicos, con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos del deudor de que tengan constancia, y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad al ejecutado por el concepto de devolución por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, IVA, o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública al ejecutado, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la cuenta de deposites y consignaciones abierta por este Juzgado en Banesto con n.° de cuenta 2512, sucursal 1033 sito en C/ Princesa, n.° 3, 28008 Madrid.

Notifíquese la presente resolución a las partesadvirtiendo que contra la misma cabe recurso de revisión, en el plazo de tres días (art. 188 de la L.R.J.S.), y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de Edictos a publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el Art. 59 de la L.R.J.S.

El/La Secretario Judicial.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a María Antonia Heredia Borrás, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial del Estado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Madrid, 7 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.

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