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Documento BOE-B-2012-4741

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 2012, páginas 6238 a 6238 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-4741

TEXTO

Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio c, 12.ª planta.

Número de Asunto.- Concurso voluntario 30/2012-4.ª

Tipo de Concurso.- Voluntario.

Entidad Instante del Concurso y NIF.- Industria Plástica Mataronesa, S.L. B-08223844.

Fecha del auto de Declaración.- 19/01/2012

Administradores concursales.- D. Carlos Rodríguez Conde, con NIF 40907402-Q domiciliada en Passeig de St. Joan, núm. 45, pral 2.ª, de Barcelona, como abogado, con correo electrónico: carlos@bufeterodriguezconde.com.

Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los Acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 25 de enero de 2012.- El Secretario Judicial.

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