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Documento BOE-B-2012-4385

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2012, páginas 5782 a 5782 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-4385

TEXTO

Edicto

Begoña Etxebarria Fernández, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia 21 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos de Procedimiento ordinario 1026/10, seguidos en este Juzgado a instancia de Overlease, S.A. contra Tallers Grafics Santa Isabel, S.L y Miguel Rentero Pina, ha recaído la sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia n.º 7/2012.

En Barcelona a 13 de enero de 2012.

Vistos por mí, Carla Martínez Castro, Juez del Juzgado de Primera Instancia nímero 21 de los de Barcelona, los autos de juicio ordinario cuyo objeto, partes, letrados y procuradores son los que arriba constan, dicto esta sentencia a la que sirven de premisas los siguientes.

Fallo

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Overlease, S.A., absolviendo a los demandados de todos los pedimentos efectuados en su contra y con costas a la actora.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días desde el siguiente a la notificación, exponiendo las alegaciones en que se base la impugnación y citando la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Del presente recurso conocerá la Audiencia Provincial de Barcelona (artículos 458 y 463 LEC en redacción dada por Ley 37/2011, de 10 de octubre).

De conformidad con la Disposición Adicional decimoquinta de la LOPJ introducida por LO 1/2009, de 3 de noviembre, para la interposición del referido recurso de apelación será necesaria la previa constitución de un depósito de cincuenta euros (50 euros) que deberá ser consignado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano judicial, aportando constancia documental del mismo. No se admitirá a trámite el recurso si no se ha constituido el referido depósito.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma para con el demandado Tallers Grafics Santa Isabel, S.L, en ignorado paradero, expido la presente.

Barcelona, 17 de enero de 2012.- Secretaria Judicial.

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