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Documento BOE-B-2012-43666

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 18 de diciembre de 2012, páginas 59190 a 59190 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-43666

TEXTO

Doña M. C. Sanz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, hago saber:

Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario n.º 153/11, de Canteras Industriales del Bierzo, S.A., representada por el Procurador don Argimiro Vázquez Guillén, en el que recayó sentencia de fecha 16 de noviembre de 2012, en la que constan los siguientes particulares:

"Fallo... debo acordar la terminación de la fase común, y sin apertura de la fase de convenio debo aprobar y apruebo, con los efectos previstos en la ley, por haber obtenido las mayorías necesarias, la propuesta de convenio presentada en el concurso de Canteras Industriales del Bierzo, S.A. por la concursada con el siguiente tenor:

"una espera de 10 años, con los dos primeros de carencia con la siguiente forma de pago:

- El 3 año: 7%;

- El 4.º y 5.º año: 10% cada año;

- El 6.º, 7.º y 8.º año: 13% cada año;

- El 9.º y 10.º año: el 17% cada año."

Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la concursada y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

Se acuerda el cese de la administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, debiendo presentar rendición de cuentas en el plazo de dos meses desde la firmeza de esta resolución, sin perjuicio de conservar plena legitimación para continuar los incidentes en curso, y en especial lo relativo a la sección de calificación.

Fórmese la sección 6.ª de calificación del concurso.

Se concede el plazo de 10 días a contar desde la última publicación que se realice en esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la sección 6.ª alegando por escrito lo que estime relevante para la calificación del concurso como culpable.

Notifíquese esta sentencia a los interesados haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días."

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.

Madrid, 16 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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