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Documento BOE-B-2012-43492

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 17 de diciembre de 2012, páginas 58960 a 58960 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-43492

TEXTO

Doña M. C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid,

Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario ordinario 453/12, en el que recayó auto de fecha 19 de noviembre de 2012, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:

"Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario ordinario de especial trascendencia, al deudor Geprolar Promociones Inmobiliarias, S.L. con CIF B-19137363; se declara abierta la fase común del concurso."

"Se nombra a don Luis Pérez Gil, Economista miembro de la administración concursal y al acreedor Bahía Casares Golf, S.A. que deberá designar, en el plazo de 5 días, a un profesional Abogado que reúna los requisitos del art. 27 de la ley y que necesariamente esté inscrito en el listado de Administradores concursales de Decanato de Madrid. Se acuerda el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor; además de las facultades legalmente previstas, deberá prestar su autorización o conformidad a los actos de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor realice éste, en los términos del artículo 40 de la Ley Concursal. Hasta la aceptación de los dos Administradores, ejercerá las funciones el Administrador concursal, Economista designado por este Juzgado."

"Ambos Administradores concursales deberán facilitar la dirección postal y electrónica única a las que se debe efectuar la comunicación de créditos y cualquier otra notificación, habiéndose señalado a tales efectos las siguientes:

- Calle Génova, n.º 3 - 2.ª Planta - 28004 Madrid.

- ac.geprolar@ahauditores.es"

"Llámense a los acreedores del concursado Geprolar Promociones Inmobiliarias, S.L., para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la ley, redacción actual, la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la publicación de la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá a la administración concursal pudiendo hacerse personalmente, por envío a la dirección designada o por correo electrónico, no siendo válida la dirigida al Juzgado."

Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Madrid, 23 de noviembre de 2012.- Secretario Judicial.

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