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Documento BOE-B-2012-42936

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 13 de diciembre de 2012, páginas 58276 a 58276 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-42936

TEXTO

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaracion de concurso dictado en este Juzgado y

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado Voluntario n.º 414/2011, habiéndose dictado en fecha dos de octubre de dos mil doce por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Sofagar, S.L., con domicilio en Alcasser ( Valencia), polígono industrial L'alter, Carrer Dels Gremis, n.º 82, y CIF: B-96546841, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al Tomo 5.638, Libro 2.945 de la Seccion General, folio 160, hoja n.º V-51019. Grupo Sofavel, S.L., con domicilio en Alcasser (Valencia), polígono industrial L'alter, Carrer Dels Gremis, n.º 82, y CIF: B-96593264, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al Tomo 5.688, libro 2.995, folio 31, sección 8.ª, hoja n.º V-52092. Tresillos Rivadulla, S.L., con domicilio en Alcasser(Valencia), polígono industrial L'alter, Carrer Dels Gremis, n.º 82, y CIF: B-46574216, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al Tomo 4.317, Libro 1.629 Folio 32, hoja nº V-21969.

Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

Se ha nombrado Administrador concursal a don Vicente Beta-Frigola Cuñat, con domicilio de C/ Correos, 12-3, de Valencia, y correo electrónico info@efeyene.com.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Asi mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal sera necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 2 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

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