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Documento BOE-B-2012-42234

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 7 de diciembre de 2012, páginas 57350 a 57350 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-42234

TEXTO

Edicto.

D.ª Carmen Montaner Zueras, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado n.º 428/2012-F, y número de Identificación General del procedimiento (NIG) 50297 47 1 2012 0000848, en el cual se ha dictado en fecha de 1 de octubre de 2012, Auto de Declaración de Concurso Voluntario de la Compañía Mercantil "FJ Gracia, S.L.", de carácter unipersonal, con CIF número B-22357404, domiciliada en Cuarte de Huerva (Zaragoza), Parque Industrial "El Polígono", avenida Santa Ana, n.º 19.

2.º Se ha acordado abrir la fase de liquidación y declarar disuelta la Compañía Mercantil "FJ Gracia, S.L.", y la suspensión de las facultades de administración y disposición de la misma sobre su patrimonio, siendo sustituida por la administración concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente al administrador concursal designado, el auditor y Licenciado en Ciencias Económicas, don Jesús Jiménez Hernández, con DNI 72.864.970-G, dirección postal: Paseo Sagasta, n.º 43, 4.º izda., 50007 Zaragoza; Teléfono 976 383 311; Fax 976 253 163; Correo electrónico: concursal2@plancontrolauditores.com

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal del administrador concursal indicado o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica.

4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 5 de octubre de 2012.- La Secretaria judicial.

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