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Documento BOE-B-2012-41644

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 3 de diciembre de 2012, páginas 56506 a 56507 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-41644

TEXTO

Edicto

Juzgado Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 487/12, con número de NIG 2906742M20120000767, por auto de fecha 19/06/2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Instaladora San Lorenzo, S.L., con NIF B29701463, domicilio en Estepona, Prolongación avd. San Lorenzo, La Viña II, local A-4.

2.º Por el deudor en su solicitud de declaración de concurso, solicito la apertura de la fase de liquidación, aportando el correspondiente plan, del que se dió traslado a la administración concursal, la cual lo evaluó de forma desfavorable y ha aportado nuevo plan de liquidación. Dichos planes quedan de manifiesto a todos los interesados por plazo de quince días desde la publicación del presente edicto a fin de que puedan formular observaciones y modificaciones al mismo.

3.º Que el deudor quedará suspendido de todas sus facultades dada que ésta es una de las consecuencias que el art. 145 de la LC, determina para la apertura de liquidación.

4.º Que la administración concursal la integra doña Silvia Morales Pérez, provista de DNI 44581179A, española, mayor de edad, con vecindad civil común, vecina de Málaga y dirección postal avd. Cánovas del Castillo, 4, 1.º, profesión Economista y con dirección de correo electrónico silviamorales@sefisco.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

5.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera y presentar su crédito en la sección cuarta, haciéndoles saber que deberán hacerlo en sendos escritos diferentes. De presentarse un solo escrito en el que conste el crédito se entenderá que sólo notifican o insinúan el mismo.

7.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 21 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

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