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Documento BOE-B-2012-41611

ALMERÍA

Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 3 de diciembre de 2012, páginas 56470 a 56471 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-41611

TEXTO

Edicto

Cedula de notificación

En la sección sexta del procedimiento concursal n.º 100/2009, seguido en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Almería (Antiguo Instancia número 7) a instancia de Cipriano y Muñoz Riquelme, S.L. contra Eurotaif Siglo XXI, S.L.U. sobre, se ha dicatado la sentencia de calificación, que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia

En Almería a dieciséis de julio de dos mil doce.

Vistos por mi, don Juan Antonio Lozano López, titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de los de Almería, los anteriores autos de concurso en sede de calificación, registrados con el número más arriba indicado, a instancias de la Administración concursal, representada por sus integrantes don Manuel Castiñeiras Bueno, don Javier Francisco Gómez Ibáñez y don Francisco Giménez Felices, el Ministerio Fiscal, Eurotaif Siglo XXI, S.L.U., como concursada, incomparecida en autos, y don Avelino Pérez Guirao, como persona afectada por la calificación, incomparecida en autos, en solicitud de declaración de concurso culpable, todo atendiendo a los siguientes

Fallo

Que estimando la petición de calificación del presente concurso de acreedores, siendo concursada Eurotaif Siglo XXI, S.L.U., efectuada por la Administración concursal,

1. Califico como Culpabe el concurso de Eurotaif Siglo XXI, S.L.U.

2. Es persona afectada por dicha declaración don Avelino Pérez Guirao.

3. Condeno al anterior a la inhabilitación para administrar bienes ajenos y para representar o administrar a cualquier persona por un plazo de dos años.

4. Con imposición de costas a los demandados afectos a la declaración de culpabilidad.

Dése publidicad a esta resolución de conformidad con el artículo 198 LC y RD 685/2005, de 10 de junio, en el portal en Internet https://publicidadconcursal.es, del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, así como en el Registro Civil donde conste inscrito don Avelino Pérez Guirao. Asimismo, se inscribirá en el Registro Mercantil, se públicara en el Boletín Oficial del Estado y se incluirá una reseña en el portal www.ws150.juntadeandalucia.es/WebMercantil/InicioConcurso.do

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y autos definitivos, dejando testimonio literal de la misma en las actuaciones.

Firme que sea esta resolución, y ejecutado lo acordado, procédase al archivo definitivo de las actuaciones, previas las inscripciones correspondientes en los libros registro de este Juzgado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la presente, mediante escrito en el que deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

Para interponer el recurso de apelación habrá de constituirse un deposito de 50 euros en la Cuenta de Depósitos de este Juzgado, el mismo día de su presentación o a los dos días siguientes. De no efectuarse el depósito en los plazos indicados, el recurso no se admitirá a trámite. El depósito se devolverá a la recurrente sólo en el caso de que el recurso sea admitido total o parcialmente, según ordene la resolución final del recurso de apelación (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma, extiendo y firmo la presente.

Almería, 30 de octubre de 2012.- El/La Secretario.

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