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Documento BOE-B-2012-41110

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 29 de noviembre de 2012, páginas 55822 a 55822 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-41110

TEXTO

Edicto.

Don Jorge Cuellar Oton, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elx,

Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso ordinario 000286/2011, siendo la concursada "Inversiones y Desarrollos Urbanos del Sureste, S.L.", con domicilio en Carretera Nacional 332, Alicante-Cartagena, km. 52300, centro Comercial Villa Rosa, de Orihuela, y CIF número B-03690906, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 1306, folio 158, hoja A-6802, en el que se ha dictado auto el de fecha 15 de noviembre de 2012 que contiene los siguientes pronunciamientos:

Parte dispositiva:

1. Se declara la terminación de la fase común del concurso.

2. Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso.

3. Se convoca la Junta de acreedores que se celebrará el próximo día 15 de febrero de 2013, a las 10:30 horas, en la sala de audiencias de este Juzgado, publicándose edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado.

4. No habiendo sido presentada ninguna propuesta de convenio conforme lo previsto en el artículo 113.1 de la LC, ni habiéndose solicitado la liquidación por el concursado, este y los acreedores cuyo crédito superen conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio, desde la convocatoria de la Junta hasta 40 días naturales antes de la fecha señalada para su celebración (esto es hasta el día 7 de enero de 2013), haciéndose constar que en caso de no presentarse dentro del plazo legal, propuesta de convenio, se dejará sin efecto la convocatoria a junta y se procederá a aperturar de oficio la fase de liquidación (artículos 114 y 143 LC).

5. Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los plazos y forma previstos en los artículos 115 y 103 LC.

6. Notifíquese a los personados y procédase a efectuar publicación en BOE de forma gratuita.

Modo de impugnación: Esta resolución será apelable y tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4 LC.

Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma don Luis Seller Roca de Togares, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 3 de Alicante.

Elche, 15 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

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