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Documento BOE-B-2012-40961

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 28 de noviembre de 2012, páginas 55543 a 55543 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-40961

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 754/12-CR en el que se ha dictado con fecha 2/11/2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Publicitat i Comunicació del Vallés, S.L., con CIF: B-62155866, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2012-8003226.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Publicitat i Comunicació del Vallés, S.L., con domicilio en C/Calderón, n.º 186, de Sabadell.

Administrador Concursal: La persona jurídica Ernst & Young Abogados, S.L., que designa como persona física a Jordi Gras Sagrera con domicilio en edificio Sarrià Forum, Avda. Sarrià, n.º 102-106, 08017 Barcelona, con telf..93.3663700, fax 93.4397891 y con correo electrónico Jordi.grasisagrera@es.ey.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme el artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de dos meses a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 2 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

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