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Documento BOE-B-2012-40298

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 24 de noviembre de 2012, páginas 54704 a 54704 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-40298

TEXTO

Edicto.

Doña Julia Zapatero García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, anuncia:

Que en los autos de concurso voluntario abreviado n.º 210/12 instado por el procurador don José Antonio Sandín Fernández, en nombre y representación de Aplicaciones y Soluciones Europeas, S.L., con CIF B-79217444 en el cual se ha dictado con fecha 12/11/2012 auto abriendo liquidación, cuya parte dispositiva es como sigue:

Acuerdo:

1. Continuar con la tramitación de la fase común del presente procedimiento.

2. Abrir la fase de liquidación, formándose la Sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3. Quedar durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4. Declarar la disuelta la mercantil Aplicaciones y Soluciones Europeas, S.L., y, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

5. Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del juzgado que se publicarán en el "BOE" y en el Registro Público Concursal.

6. Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7. Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

8. El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Madrid, 12 de noviembre de 2012.- La Secretaria judicial.

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