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Documento BOE-B-2012-40089

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 22 de noviembre de 2012, páginas 54441 a 54441 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-40089

TEXTO

Edicto.

En el Juicio referenciado se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia n.º 408/12.

En Sevilla, a 8 de noviembre de 2012.

Vistos por mi, Rogelio Reyes Pérez, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial del Juzgado Mercantil n.º 2 de esta Ciudad y su Partido Judicial los presentes autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad en materia de transporte, seguidos con el n.º 432/11, entre partes, de la una, como demandante, la mercantil "Transportes Frigoríficos Narval S.L.", representada por el Procurador de los Tribunales don José Enrique Ramírez Hernández, y asistida por el Letrado don Antonio Garde López, si bien suscribió la demanda el Letrado don José Antonio García Sevilla, y de la otra, como demandada, la entidad "Elaborados Artesanos Rogam, S.L.", en situación de rebeldía procesal.

Fallo:

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la mercantil "Transportes Frigoríficos Narval, S.L.", representada por el Procurador de los Tribunales don José Enrique Ramírez Hernández, contra la entidad "Elaborados Artesano Rogam, S.L.", en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a esta a que abone a aquella la cantidad de dieciséis mil cuatrocientos sesenta y cinco euros con cuatro céntimos (16.465,04 euros), con más los intereses devengados por dicha suma en la forma descrita en el Fundamento de Derecho Tercero de la presente resolución, y, todo ello, con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que deberá ser interpuesto ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente, siendo necesaria la constitución de un depósito para recurrir la presente resolución, que deberá efectuarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, según lo establecido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se expide el presente.

Sevilla, 8 de noviembre de 2012.- Secretaria Judicial.

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