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Documento BOE-B-2012-39527

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 19 de noviembre de 2012, páginas 53677 a 53677 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-39527

TEXTO

Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1.º Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado número 495/2012-F, y número de Identificación General de procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2012 0000988, en el cual se ha dictado en fecha de 30 de octubre de 2012, Auto de Declaración de Concurso Voluntario de la Compañía Mercantil "Oskadi, Sociedad Limitada", con Código de Identificación Fiscal número B-50.557.511, domiciliada en Cuarte de Huerva (Zaragoza), Avenida San José, número 67, puerta C.

2.º Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada, mediante autorización o conformidad de la administración concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de UN MES comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente al administrador concursal designado, el economista, don José Antonio Sevillano Melero, con Número de Identificación Fiscal 25.427.345-V, Dirección postal: Calle Coso, número 46, 3º. A, 50004 Zaragoza; Teléfono: 976-302889; Fax: 976-302891; Correo electrónico: oskadi.concurso@aragoncf.es

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal del administrador concursal indicado, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica.

4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 5 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial,

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