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Documento BOE-B-2012-37733

TERUEL

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 6 de noviembre de 2012, páginas 51314 a 51314 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-37733

TEXTO

Edicto

Doña Laura Hernández Marzo, Secretaria judicial del Jdo. 1.ª Inst. Instrucción N.º 1 de Teruel, por el presente, hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000310/2012 se ha dictado en fecha dieciséis de octubre de dos mil doce Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Construcciones Hermanos Gil, S.L.U., con CIF B-44007250, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial Las Horcas, parcela 24 y 29, Alcañiz (Teruel).

2.º-Se ha acordado que el deudor conservará las facultades de administración sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la Administración, mediante su autorización o conformidad. Se ha designado, como Administración concursal, por haberse acumulado los presentes autos al concurso de Paneles Prefabricados de Hormigón, S.A. (345/2011), con fecha veintitrés de octubre de dos mil doce, a don José Ramírez Espinosa con dirección en C/ Nueva, 13-15, 1.º izquierda, 44001 Teruel y dirección electrónica señalada hnosgilconcursal@araeco.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º-Que los acreedores interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Teruel, 25 de octubre de 2012.- La Secretaria judicial.

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