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Documento BOE-B-2012-37000

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 31 de octubre de 2012, páginas 50356 a 50357 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-37000

TEXTO

La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, doña M. C. Sanz,

Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid se sigue concurso voluntario n.º 695/10, de "Transportes La Estrella, S.A.", representada por el procurador don Argimiro Vázquez Guillén, en el que recayó sentencia de fecha 19 de julio de 2012, en la que constan los siguientes particulares:

"Fallo:

Que debo aprobar y apruebo, con los efectos previstos en la Ley, por haber obtenido las mayorías necesarias, la propuesta de convenio presentada en el concurso de "Transportes La Estrella, S.A." por la concursada con el siguiente tenor:

Se establece una quita del 30%.

Una espera de 10 años, efectuándose el pago de la siguiente forma:

a) Al tercer año un 2% de la deuda.

b) Al cuarto año un 3,5% de la deuda.

c) Al quinto año un 6,5% de la deuda.

d) Al sexto año un 11% de la deuda.

e) Al séptimo año un 14% de la deuda.

f) Al octavo año un 18% de la deuda.

g) Al noveno año un 21% de la deuda.

h) Al décimo año un 24% de la deuda.

Se acuerda el cese de lo efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la concursada y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

Se acuerda el cese de la administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, debiendo presentar rendición de cuentas en el plazo de dos meses desde la firmeza de esta resolución, sin perjuicio de conservar plena ligitimación para continuar los incidentes en curso en su caso.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos y el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Notifíquese esta sentencia a los interesados haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días..."

Y para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", expido el presente.

Madrid, 19 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.

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