Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el concurso voluntario n.º 279/2011, con NIG 1808742M20110000352, seguido a instancia de Construcciones y Promociones Linsalmar, S.L., con CIF B-18769604, por auto de fecha 30 de julio de 2012 se ha acordado:
1.º La conclusión del concurso voluntario n.º 279/2011 de Construcciones y Promociones Linsalmar, S.L., y el archivo de las actuaciones.
2.º La deudora Construcciones y Promociones Linsalmar, S.L., queda responsable del pago de sus créditos, pudiendo los acreedores instar ejecuciones singulares.
3.º Se acuerda la extinción y el cierre de la Hoja de inscripción de la entidad Construcciones y Promociones Linsalmar, S.L., procediendo a la anotación de lo acordado en el Registro Mercantil de Granada.
Granada, 15 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.
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