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Documento BOE-B-2012-36655

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 29 de octubre de 2012, páginas 49897 a 49898 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-36655

TEXTO

Doña. Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente Hago Saber:

Por el Presente se hace saber que en este luzcado se siguen autos de Concurso de acreedores de "Muebles Vicent Montoro, S.L. y Pulimentos Vimon, S.L.", con el número de registro 940/2011 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 2 de octubre de 2012 con el siguiente tenor literal:

Se acuerda de inmediato la apertura de la fase de liquidación.

Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del Administrador/es de la empresa concursada. (art. 145 LC).

Se declara la disolución de la mercantil concursada "Muebles Vicent Montoro, S.L. y Pulimentos Vimon, S.L.", lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por el administrador concursa!, don Carlos Pascual Vicens con D.N.I./N.I.F. número 24.365.604-W, ello sin perjuicio de continuar aquélla administración societaria en la representación de la cursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; quien presentará en este Juzgado, en un plazo de 15 días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC.

Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los articulos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador solicitante para que cuide de su diligenciamiento y gestión sin dilación bajo legales apercibimientos; dado que no se dispone de los medios telemáticos a los que hace referencia el Real Decreto Ley 3/2009 de reforma de la Ley Concursal y que en el presente procedimiento se ha hecho declaración de la gratuidad de las publicaciones, procederá su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el BORME, gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado.

Expidase testimonio de la presente resolución a efectos de blicidad en el BORME en los términos legalmente previstos.

Expidase mandamiento a Registro Mercantil de la Provincia de Valencia a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de los acuerdos adoptados por esta resolución.

Fórmense la Seccion Quinta del Concurso.

Respecto de ta Sexta, se formará, cuando se apruebe el plan de liquidación, de acuerdo con el artículo 167.1 LC, a los efectos procedentes. Haciéndose constar, en dicho momento, lo previsto en artículo 168 LC.

Modo de impugnación: Mediante recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia (articulo 455 LECn).

Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente.

Valencia, 2 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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