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Documento BOE-B-2012-36343

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 259, de 27 de octubre de 2012, páginas 49486 a 49486 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-36343

TEXTO

Don José Vela Pérez, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 656/2012 se ha declarado, mediante auto de fecha 26/09/2012, el concurso voluntario de "Sistema Electrónico de Negociación de Derecho de Emisión de Dióxido de Carbono, S.L.", con número de CIF B-63616700, domicilio en Barcelona, paseo de Gracia, número 19, 3.ª planta, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al Administrador concursal, nombrado por providencia de fecha 5/10/2012, don Jacinto Gimeno Valentín-Gamazo, abonado, por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal, en el domicilio del Administrador concursal, sito en Barcelona, calle Muelle de la Marina, número 6 (Puerto Olímpico), número de teléfono 932247024, o en la dirección electrónica designada por el Administrador concursal concursal@gimenoabogados.com, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el "BOE" del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien, copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público concursal.

Barcelona, 5 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

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