El Juzgado de lo Mercantil n.º 9, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC,
Anuncia: Que conforme a lo acordado por auto de fecha 10/10/12 se ha declarado:
La Conclusión del Concurso Voluntario de la mercantil Inanna Proyectos Inmobiliarios, S.L., bajo el n.º de autos 643/11, por inexistencia de bienes y derechos con los que integrar la masa activa del Concurso, cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada y pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes y derechos.
El cese en el cargo del Administrador Concursal.
Madrid, 10 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.
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