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Documento BOE-B-2012-35897

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia publicando actuaciones seguidas en la tramitación de expediente sancionador (acuerdo de iniciación) por haber resultado fallidas las notificaciones por correo.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 23 de octubre de 2012, páginas 48919 a 48919 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2012-35897

TEXTO

Intentada la notificación al interesado, sin haber podido practicarse, y en aplicación de lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), se hace pública notificación a la mercantil Cic Oficina Técnica de Ingeniería, S.L.U. del acuerdo de iniciación del expediente sancionador MU.12.4005, dictado en fecha 03/07/12 por el Jefe del Servicio de Conservación y Explotación de la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia, mediante el que se le comunica su presunta responsabilidad por la instalación de un vallado con puertas de acceso con salida al camino de servicio de la autovía A-7, a la altura del punto kilométrico 754+045, margen derecha, que ocupa la zona de dominio público y priva de operatividad diversos elementos de la carretera (cuneta y señales de tráfico). Tales hechos son constitutivos de la infracción tipificada como grave en el artículo 31.3.a) de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, sancionable con multa de entre 3.786,39 euros y 9.796,50 euros, en virtud de lo establecido en artículo 112.1 del Real Decreto 1812/1994, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras.

El Instructor y Secretaria designados para la tramitación del expediente sancionador son don Pedro González Martínez y doña Carmen Bernal Martínez, respectivamente, cuya recusación podrá promover el interesado conforme a los artículos 28.2 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El plazo de resolución del expediente es de 12 meses, contados desde la fecha del acuerdo de iniciación hasta la fecha de notificación de la resolución, transcurrido el cual sin que se produzca aquélla, se dictará resolución declarando la cauducidad del procedimiento y ordenando el archivo de las actuaciones, con los efectos previstos en la legislación vigente (artículo 34.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

En virtud de lo previsto en el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, el interesado dispone del plazo de 15 días desde el siguiente a la publicación de este anuncio, para, si lo estima oportuno, formular las alegaciones que considere pertinentes y, en su caso, proponer prueba, con advertencia de que si no formula alegaciones en el referido plazo el acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución con los efectos señalados en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

El expediente completo se encuentra a disposición del interesado en el Servicio de Conservación y Explotación de la Demarcación de carreteras del Estado en Murcia, sita en Avda. Alfonso X El Sabio, n.º 6, 3.ª Planta (30008 - Murcia).

Murcia, 16 de octubre de 2012.- El Ingeniero Jefe del Servicio de Conservación y Explotación de la Demarcación de Carreteras del Estado en Murcia, don Antonio M. Martínez Menchón.

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