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Documento BOE-B-2012-35414

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 20 de octubre de 2012, páginas 48216 a 48216 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-35414

TEXTO

Edicto.

Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en este Juzgado se siguen autos de concurso voluntario/abreviado número 378/2012-F, y número de dentificación general del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2012 0000751, en el cual se ha dictado en fecha de 20 de septiembre de 2012, auto de declaración de concurso voluntario de la compañía mercantil "Hermanos Mayayo Lavín, Sociedad Limitada", con CIF número B-50714237 y domicilio social en Zaragoza, calle Johannes Kepler, número 16, nave 74.

Segundo.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada, mediante autorización o conformidad de la administración concursal.

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de quince días comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente al administrador concursal designado, el Economista, don Alfonso Daga Vicente, con NIF 17.145.514-A. Dirección postal: Calle Vicente Berdusán, s/n, bloque D-1, oficina B-52, 50010 Zaragoza; teléfono. 976-460255; correo electrónico: adagav@economistas.org.

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal del administrador concursal indicado, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica.

Cuarto.-La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

Quinto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 3 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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