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Documento BOE-B-2012-35124

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 18 de octubre de 2012, páginas 47836 a 47836 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-35124

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 314/2012, con N.I.G. 28079100047522012, por auto de 1 de octubre de 2012 dictado por el Magistrado don Luis Alberto Puertas Pedrosa, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor "Artes Gráficas Chiqui, S.L.", con C.I.F. B-78820735, y con domicilio social en la calle Juan Herrera, número 4, El Escorial 28200, Madrid.

2.º Que en el mismo auto de declaración de concurso, de 1 de octubre de 2012, se ha procedido a realizar la apertura de fase de liquidación, formándose la sección quinta.

3.º Que quedan en suspenso las facultades de administración y de disposición de la concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el título III de la Ley Concursal.

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC.

La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administración Concursal don Santiago Alfaya Domínguez, en la Ronda de Segovia, número 38, bajo 5-A, 28005 de Madrid, y en el correo electrónico alfasan@alfagrup.com.

No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.

5.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 1 de octubre de 2012.- El Secretario judicial.

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