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Documento BOE-B-2012-34809

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 16 de octubre de 2012, páginas 47432 a 47432 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-34809

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao ( Bizkaia), anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 694/2011 referente al concursado Aldetur, SL, en Concurso, por auto de fecha 28/09/12 se ha acordado lo siguiente:

1.- Dar por terminada la fase de convenio acordada por auto de 18/06/12, por no poder constituirse la Junta al no acudir ningún acreedor, ni concurrir adhesiones previas.

2.- Abrir de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1 de la LC.

3.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

4.- Se ha declarado disuelta la Mercantil Aldetu,r SL, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado, y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos de la masa activa.

6.- Inscríbase asimismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación y la disolución de la persona jurídica, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Bizkaia y al Registro de la Propiedad n.º 1 de los de Bilbao.

7.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

8.- Una vez se aprueba el plan de liquidación fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2.ª de la LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Bilbao, 28 de septiembre de 2012.- El/La Secretario judicial.

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