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Documento BOE-B-2012-34231

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 10 de octubre de 2012, páginas 46685 a 46685 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-34231

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso conjunta.

Doña María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado: Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona.

Número de asuntos: Concurso voluntario núm 440/2012-C, concurso voluntario 441/2012 C, concurso voluntario 442/2012-C y concurso voluntario 443/2012-C.

Tipo de concursos: Concurso voluntario.

Entidad instante del concurso y CIF: Ideal Flor, S.L., CIF B-08098618. Orientflor Decoraciones, S.L., CIF B-63338297. Optimistic Facts, S.L., CIF B-65121865. Hija de P. Corrons, S.L., CIF A08245235.

Fecha del auto de declaración conjunta: 19/09/12.

Fecha del auto de aclaración del auto de declaración conjunta: 25/09/12.

Administrador concursal: La sociedad profesional Bufete Marroquin Abogados y Economistas, S.L.P. que ha designado a la persona física Ignacio Marroquín Sagales, con domicilio calle Borí i Fontestà, 6, 5.º, 08021 Barcelona, y teléfono n.º 932013511, en calidad de Abogado y dirección electrónicaconcursal@bufetemarroquin.com.

Facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos, en el plazo de Un Mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicio o a la dirección indicados.

Barcelona, 26 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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