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Documento BOE-B-2012-33997

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 9 de octubre de 2012, páginas 46373 a 46373 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-33997

TEXTO

Edicto

Doña Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de los de Madrid, de referencia se ha dictado la siguiente resolución:

Anuncia:

Que en los autos de concurso de concurso voluntario n.º 1/2012 instado por la procuradora doña María del Carmen de la Fuente Baonza, en nombre y representación de Holcar y Diseño, S.L., con CIF B-28371011 en el cual se ha dictado con fecha 28/05/12 auto abriendo liquidación cuya parte dispositiva es como sigue:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

2. Quedar, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3. Declarar la disolución de la mercantil Holcar Mobiliario y Diseño, S.L., y en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

4. Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que sea fijaran en el tablón de anuncios del juzgado que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal.

5. Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

6. Requerir a la administrador concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el art. 148 de la LC.

7. El vencimiento anticipado anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Madrid, 27 de septiembre de 2012.- Secretaria judicial.

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