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Documento BOE-B-2012-33842

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 8 de octubre de 2012, páginas 46164 a 46164 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-33842

TEXTO

Edicto

En la Sección Quinta (Convenio) del concurso de acreedores 129/11, deudor Gallega Internacional, Sociedad Anónima, se ha dictado Sentencia en fecha 6 de julio de 2012, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Sentencia:

En Pontevedra, a 6 de julio de 2012. Vistos por el Ilustrísimo Señor Roberto de la Cruz Álvarez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, los presentes autos de procedimiento Sección V Convenio 129/2011, del concursado Gallega Internacional, Sociedad Anónima, representado por el Procurador de los tribunales, Señor Pedro Lanero Táboas, y defendido por el letrado Señor Bernardo Aramburu Vecino."

"Fallo:

Primero.-Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por la concursada Gallega Internacional, Sociedad Anónima, presentada por medio de escrito de 26 de marzo de 2012 y obrante en autos, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la Ley Concursal; entre ellos el cese de los administradores concursales en los términos del actual artículo 133 de la Ley Concursal.

Segundo.-Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Tercero.-Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal si estuviere operativo y en el Tablón de anuncios de este tribunal.

Cuarto.-Líbrense los mandamientos correspondientes, en su caso, para la inscripción de la sentencia y entréguense a la representación de la concursada para su diligenciamiento.

Quinto.-No ha lugar a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso.

Sexto.-Llévese testimonio de la presente a los autos principales del concurso.

Modo de impugnación: recurso de Apelación a interponer directamente en este Juzgado para ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Pontevedra en el plazo de veinte días desde la notificación de esta resolución en virtud de lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal, previa la constitución de depósito por importe de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este mismo Juzgado, domiciliada en la entidad Banesto.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.-El Magistrado-Juez"

Y para conocimiento de los interesados se publica el presente.

Pontevedra, 3 de septiembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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